Desde la publicación de El contrato social, en 1752, la concepción roussoniana de la democracia ha sido, de diversos modos, interpretada y cuestionada. Este artículo tiene una orientación hermenéutica: busca contribuir a esclarecerla y demostrar que las interpretaciones conservadoras que la identifican con el pensamiento autoritario e incluso totalitario no corresponden al sentido de los textos. Asimismo, se explicitan sus diferencias con las concepciones políticas de Hobbes y Locke. Podría decirse que Rousseau abre el espacio para el surgimiento de nuevas formas de pensamiento, respecto al liberalismo clásico y la Ilustración francesa. Fundó el pensamiento crítico sobre la sociedad moderna y planteó, lúcidamente, el problema de la fragmentación social y la necesidad de superarlo potenciando la dimensión comunitaria de la sociedad, mediante la constitución de un nuevo orden político y un nuevo proyecto educativo. Fundó, con ello, una nueva tradición democrática diferente a la de Locke: la concepción participativa de la democracia, basada en el principio de la soberanía popular, la cual ha alcanzado un importante desarrollo en nuestro tiempo.
Palabras clave:
democracia, soberanía popular, democracia representativa, democracia participativa, Estado
Vergara Estévez, J. (2012). Democracia y participación en Jean-Jacques Rousseau. Revista De Filosofía, 68, Pág. 29–52. Recuperado a partir de https://actascoloquiogiannini.uchile.cl/index.php/RDF/article/view/25139